La idea de la ley natural ha estado presente a lo largo de la historia. Todos los autores que han tratado el tema tienen en común la convicción de que existen unas leyes que están más allá de las normas promulgadas, las cuales deben prevalecer sobre estas en caso de conflicto. Los derechos humanos lo son, en tanto en cuanto constituyen una verdad moral objetiva, que los garantiza de manera inviolable, siendo inherentes a cada persona, por lo que nadie puede alterarlos al ser innatos e irrenunciables.
Cuando estos derechos dejan de ser universales para convertirse en derechos nacionalizados por cada Estado, quedan sometidos en su reconocimiento y aplicación a la legislación propia de cada uno de ellos. Una dificultad surge cuando el Estado, que debe estar sometido a las limitaciones que imponen los derechos humanos a su poder es, a la vez, quien tiene que garantizar su aplicación.
¿Qué ocurre si las leyes estatales no los aplican o los violan? Los hechos trágicos acontecidos entre 1914 y 1945 mostraron esta contradicción de manera inhumana. Los Estados totalitarios prescindieron completamente del concepto de derechos humanos. Cuando se niega la existencia de verdades morales objetivas, los derechos humanos quedan sometidos al relativismo, dejando de ser una ley moral de orden superior para ser manipulados por los políticos que los pueden cambiar y administrar a su antojo y conveniencia.
Para superar la dificultad en su observancia se crearon organismos supranacionales como Naciones Unidas, que elaboraron, en 1948, una Declaración Universal de Derechos Humanos. La utilización del verbo ‹‹declarar›› conlleva un reconocimiento de la ley natural, ya que se declaran derechos preexistentes, por lo que los derechos humanos no pueden someterse a votación, ya que son un límite de la democracia.
El texto reconoce el nexo entre el respeto de los derechos humanos y la paz internacional. Proclama que ‹‹la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana››.
Cuando los derechos humanos dejan de ser inviolables pueden ser revocados, convirtiendo lo indeseable en permitido; si el derecho inalienable a la vida puede ser objeto de renuncia, el resto de los derechos también lo serán. Si los derechos humanos son enajenables ¿qué derechos nos quedan?
En la actualidad asistimos a un proceso de inflación infinita de ‹‹nuevos derechos››. Se utiliza el término ‹‹derechos›› como el traje con el que cada grupo de presión viste sus pretensiones. Al conseguir que esos deseos se admitan como ‹‹un derecho›› la sociedad les deberá un acatamiento obligatorio.
En este frenesí, se confiere la categoría de ‹‹derecho›› a los árboles, a los animales, al aire etc. Poco a poco, la ampliación sin límites del catálogo de derechos trae como consecuencia la trivialización de los valores esenciales. Los derechos humanos se convierten en una ideología de consenso.
La incapacidad de reconocer sus fundamentos en el derecho natural, con la pretensión de gobernar todo y a todos, es una manifestación de la crisis ideológica, que alumbra la tendencia a transformar los derechos humanos en una religión laica.
Bien está que los derechos esenciales queden enunciados con claridad y concreción, pero resulta imprescindible identificar las razones últimas por las que deben ser respetados. Si el ‹‹por qué›› de los derechos se confunde, se terminará por no saber cuáles son, siendo abandonados o quedando al arbitrio del poder de turno.
El concepto de naturaleza humana ha sido sustituido por la expresión de ‹‹dignidad humana››: los seres humanos tienen derechos porque tienen dignidad, pero debe explicarse por qué los seres humanos tienen dignidad.
El concepto de dignidad procede de la visión religiosa del mundo y especialmente del judaísmo y del cristianismo. En la perspectiva cristiana, el estatuto moral especial del ser humano, dotado de dignidad, se apoya en ser criatura favorita de Dios, que se hizo hombre, y por eso la humanidad posee un valor especial.
En la cosmovisión materialista, el ser humano pierde esa posición predominante: somos un animal surgido por casualidad sin meta ni sentido. Una especie más a la que separan del chimpancé únicamente uno pocos genes. ¿Por qué debería tener dignidad o valor absoluto un mono con cerebro grande, un manojo de materia orgánica complejamente estructurada?
La ley natural implica que la naturaleza nos ha concedido derechos y deberes que tienen fuerza normativa porque Dios es el autor de la naturaleza. Natura, idest Deus. ‹‹La naturaleza, es decir, Dios›› (extracto de F.J. Contreras, el sentido de la libertad, 2014 ).
“Prefiero molestar con la verdad que complacer con adulaciones“
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